
Autor:
María José Ferrada y Karina Letelier
Datos de publicación:
Fundación de Documentación y Archivo de la Vicaría de la Solidaridad, 2020
"1,2,3,4,5 sombras perseguían a una mujer.
Así que esa mujer, cansada, decidió pedir ayuda.
“Toc,toc, toc”, tocó una puerta.
Otra mujer, abrió la puerta,
la hizo pasar, le dio un abrazo.
Juntas, llamaron a la estrella que vivía en el cielo.
Y la estrella alumbró, alumbró, alumbró
tanto que las sombras se hicieron pequeñas,
tanto que, asustadas, desaparecieron para siempre."
Artículo 14.
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.